
15 May Calendario Tributario del SRI 2020 – Contífico
Cumplir con los plazos para el pago de impuestos es indispensable para mantenerte a flote en el mercado. Nosotros te sintetizamos los nuevos plazos de pago para este 2020, tanto para personas naturales como para personas jurídicas.
Antes de comenzar con el calendario, no olvides cumplir con tus obligaciones tributarias mensuales. Entre ellas están:
- ICE (según el noveno dígito del RUC)
El Impuesto de Consumos Especiales (ICE), es obligatorio para personas naturales y sociedades fabricantes de bienes gravados con este impuesto.
- ISD por pagos realizados desde el exterior (según el noveno dígito del RUC)
El Impuesto de Salida de Divisas (ISD), se genera cuando se realiza traslados de dinero al exterior. Es obligatorio para personas naturales, sucesiones indivisas, sociedades privadas, nacionales o extranjeras que guarden relación con Ecuador. Además de las personas que vayan al extranjero y cuenten consigo más de tres salarios básicos unificados.
- IVA (según el noveno dígito del RUC)
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es el más reconocido de todos, este es un impuesto indirecto aplicado en todos los productos de consumo en el territorio nacional.
- ATS, hasta el último día del mes subsiguiente al que corresponde la misma (según el noveno dígito del RUC).
El Anexo Transaccional Simplificado es un anexo que reporta las transacciones de los contribuyentes obligados a llevar contabilidad.
- Retenciones de IR (según el noveno dígito del RUC).
La retención en la fuente es un mecanismo de cobro anticipado de impuesto a la renta que obliga al sistema tributario (SRI) a retener una parte de dicho impuesto.
Puedes consultar tus días de pago de impuesto acorde al último dígito de tu RUC aquí, y sin más que decir, te enlistamos tus obligaciones tributarias anuales.
Enero
Hasta el final de este mes, puedes entregar tu proyección de gastos personales. Esto no es obligatorio, pero si lo empleas, puedes reducir tu retención mensual de impuesto a la renta. Para este beneficio, necesitas ingresos anuales desde $11,315, y no se toman en cuenta en este rubro sus dos décimos ni los fondos de reservas. Entre otras obligaciones debes realizar el formulario 107 a empleados (si eres persona natural obligada), y pagar la retención de fuentes en caso de ser una persona natural obligada a llevar contabilidad o una sociedad.
Febrero
Si trabajas en relación de dependencia y presentaste tu proyección de gastos el año 2019 por un monto total entre $5,655 y $14,703, debes desglosar tus rubros en el anexo de gastos personales este mes. También se debe presentar el anexo de accionistas. Si superas la base imponible y la paga de impuesto a la venta, puedes hacer un pago deducible por alimentación, vivienda, vestimenta o salud. En caso de que el patrono haya retenido un valor mayor al que vas a pagar, ese saldo favorable te será devuelto. Este anexo deberá ser completado directamente en la página del SRI.
Marzo
Este mes las personas naturales deben presentar su declaración de impuesto a la renta del 11 al 31 de marzo. Esto es obligatorio, lleves o no un registro contable. En caso de contar con más de un ingreso laboral, deberán consolidar dichos valores con su respectiva deducción de gastos personales, ajustados a los pagos reales por cada uno de los cinco rubros deducibles. Después de ello, se determinará si debe pagar algún impuesto faltante, o si tiene algún saldo a favor del año anterior, en caso de que sus retenciones fueran mayores a los impuestos que tenía que pagar.
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Abril
Las sociedades están obligadas a presentar su declaración de impuesto a la renta este mes.
Mayo
En mayo las personas naturales deben presentar el anexo de declaración patrimonial, a través del sitio web del SRI. Si eres una persona natural y tienes un patrimonio de más de $226,200 (desarrolles o no alguna actividad económica), es obligatorio. Esto considera para su cálculo el porcentaje que le corresponda a su sociedad conyugal o unión de hecho. Si te encuentras en unión de hecho, esta obligación corresponde cuando el patrimonio supere los $452,400. Este anexo se elabora en la plataforma DIMM, y el archivo final debe ser subido a la página web del SRI. Entre otras obligaciones anuales se deben presentar:
- Anexo de Incentivos y Beneficios Tributarios del COPCI
- Anexo de Cuentas Financieras para No Residentes (CRS)
- Anexo de dividendos
Julio
Este mes las sociedades y las personas obligadas a llevar contabilidad deben presentar la declaración y pagar la primera cuota del anticipo de impuesto a la renta.
En caso de haber presentado tu proyección de gastos personales en enero, puedes presentar tu nueva proyección este mes (esto es opcional). Esto último también puedes ser presentado el mes de agosto, y puedes encontrar el formulario en la sección de Formulario Anticipo Renta, en la página web del SRI.
Septiembre
De carácter obligatorio, este mes también debes presentar la declaración y pagar la segunda cuota de anticipo de impuesto a la renta. Nuevamente, se sube el formulario de anticipo a la renta en la página web del SRI. Puedes ver las fechas de dichos pagos, en el siguiente calendario dispuesto por el SRI. Aquí termina el calendario tributario del año 2020. Recuerda que puedes llevar registro de tus impuestos y sus fechas de cobro a través de nuestro sistema contable Contífico. Para mayor información puedes llenar este formulario para contactarte con uno de nuestros asesores.
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