15 Abr RIMPE Negocios Populares: todo lo que debes saber
Recientemente, se han presentado una serie de cambios en el Régimen RIMPE, por lo que en esta oportunidad queremos contarte todas las actualizaciones. Así que, si eres propietario de un negocio popular, quédate porque esta información te interesa.
Tabla de contenido
- 1 ¿Qué son los Negocios Populares en el RIMPE?
- 2 ¿Cuáles son los Negocios Populares en Ecuador?
- 3 ¿Los contribuyentes RIMPE – Negocio Popular deben declarar impuesto a la renta?
- 4 ¿Cómo facturo su soy contribuyente RIMPE – Negocio Popular y qué comprobantes debo emitir?
- 5 ¿Cómo saber si soy como contribuyente RIMPE – Negocios Populares?
¿Qué son los Negocios Populares en el RIMPE?
Se conocen como negocios populares a aquellas personas naturales que demuestren ingresos brutos de hasta $20.000 USD al año. Cuando se hace referencia a los ingresos brutos, se toman en cuenta aquellos que se facturan, así como los descuentos y devoluciones.
Es importante resaltar que los negocios populares deben ser personas naturales, ya que no es necesario constituirse como sociedad. También, se destacan por ser emprendedores que se encargan de toda la gestión del establecimiento.
Por otro lado, los negocios populares no están obligados a realizar retención del IVA o de renta. Sin embargo, a partir de 2024 todos los contribuyentes del RIMPE deberán declarar IVA con tarifa del 12%.
¿Cuáles son los Negocios Populares en Ecuador?
Según el dictamen dado por la Corte Constitucional y SRI, los Negocios Populares – RIMPE son aquellos que cumplen con las características mencionadas anteriormente. Los principales negocios que califican, serían:
– Bazares
– Comercios de abarrotes
– Ferreterías
– Papelerías
– Peluquerías
– Tiendas de barrio
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En Ecuador hay aproximadamente 1,2 millones de contribuyentes catalogados como negocios populares. Esta es la cifra de inscritos en el régimen que está vigente desde de diciembre de 2021 bajo la Ley de Desarrollo Económico.
¿Los contribuyentes RIMPE – Negocio Popular deben declarar impuesto a la renta?
A partir del 1 de enero de 2024, los contribuyentes del RIMPE deberán realizar la correspondiente declaración de IR. Para ello, el SRI ha establecido plazos de acuerdo al noveno digito del RUC, estos son:
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¿Cómo facturo su soy contribuyente RIMPE – Negocio Popular y qué comprobantes debo emitir?
Desde el 29 de noviembre de 2022 no es obligatorio que los negocios populares realicen facturación electrónica. Asimismo, pueden continuar con la emisión de notas de venta impresas para trabajar su contabilidad.
Si por alguna razón los contribuyentes antes emitían otros documentos fuente, como es el caso de las facturas, pueden seguir usándolos. Ten en cuenta que se debe agregar una nota digital o a mano que especifique la condición de negocio popular y RIMPE.
Ahora bien, el proceso de facturación es muy sencillo: solo debes incluir en tus notas de ventas el valor del producto o servicio más el total de IVA, de esta manera se llega al resultado final. Considera que no debes desglosar el IVA, sino solo referenciar su monto correspondiente.
Por otro lado, si realizas actividades económicas no sujetas al RIMPE te verás en la obligación de emitir facturas electrónicas. Esto con el exclusivo de registrar estas transacciones.
¿Cómo saber si soy como contribuyente RIMPE – Negocios Populares?
Para identificar si perteneces al RIMPE como Negocio Popular, debes estar al tanto de tus ingresos brutos durante cada año fiscal, ya que de ello depende si aplicas o no. Lo anterior se debe a que, a diferencia de otros regímenes, el Estado no notifica la obligación, ya que la publicación del SRI es solamente referencial.
Lo anterior quiere decir que no se argumenta a cabalidad si una persona hace parte del RIMPE o no. Esto se debe a que es un documento que da algunas claves y, a partir de ellas, el contribuyente debe identificar a qué régimen pertenece.
Este último proceso de rectificación, se debe realizar cada año fiscal, ya que si se presentan cambios en los ingresos brutos puede que salgas del RIMPE.
Para finalizar, te invitamos a seguir informado sobre todo las actualizaciones respecto a las obligaciones tributarias. Para lograrlo solo debes suscribirte a nuestro blog, diligencia el formulario ubicado en la parte de abajo, ¡y listo!
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