Obligados a emitir facturas electrónicas

Lista de contribuyentes obligados a emitir factura electrónica en Ecuador

La facturación electrónica ha significado un avance fundamental a la hora de hacer transacciones comerciales. En todo el mundo, la adopción de este sistema es una oportunidad única para que las pymes se modernicen y administren mejor sus recursos. Nuestro país no ha sido la excepción, por eso aquí te contamos cuáles son las empresas obligadas a emitir facturas electrónicas. ¡Comencemos!

Durante el 2019 la autoridad fiscal del Ecuador, el Servicio de Rentas Internas (SRI), emitió un comunicado para informar qué tipo de contribuyentes están en la obligación de emitir documentos electrónicos. Posteriormente, en 2014, el SRI puso en marcha un cronograma progresivo de adopción de la factura electrónica, a fin de que determinadas empresas y organismos públicos se sumaran a este sistema.

De manera progresiva el SRI incluyó a nuevos grupos de contribuyentes especiales para cumplir con el régimen electrónico. Mediante la Resolución Núm. NAC-DGERC-GC18-00000431, el SRI ha reformado dos resoluciones previas relativas los sujetos pasivos obligados a: emitir facturas, comprobantes de retención, guías de remisión, notas de crédito y débito, liquidación de compras de bienes y prestación de servicios, a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente (fundamentado en las resoluciones Núm. NAC-DGERCGC17-00000430 y Núm. NAC-DGERCGC18-00000191).

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¿Qué es un comprobante electrónico?

 

Los comprobantes electrónicos son el denominativo para las facturas electrónicas, y son generados y firmados a través de la plataforma de facturación electrónica contratada por el emisor. Estos son enviados al SRI para su validación y autorización, para que después se remitan al receptor con la inclusión del código de autorización asignado el propio SRI, junto con una representación gráfica llamada RIDE.

Es importante precisar que los receptores deben haber dado su consentimiento para recibir los dichos comprobantes. En caso de que no exista el consentimiento por parte del receptor, no proporcione al emisor la información necesaria para el envío del documento ni tampoco solicite de forma expresa la impresión del comprobante, los emisores deberán imprimir y entregar el RIDE.

Así, el SRI estableció el calendario de adhesión progresiva para los contribuyentes según su facturación y tipología. Aquí, te compartimos su evolución desde el 2020 al 2023 para que conozcas sus cambios e identifiques a qué tipo de persona fiscal perteneces y puedas cumplir con tu obligación tributaria para los casos de ejercicio fiscal más recientes.

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Lista de contribuyentes obligados a expedir comprobantes en 2020

 

Durante este año los contribuyentes obligados a emitir facturación electrónica fueron:

  • Resolución

Núm. NAC-DGERCGC18-00000191, reformada por la resolución Núm. NAC-DGERCGC18-00000431

  • Fecha

1 de enero del 2020

  • Grupos
  1. Quienes realicen actividades de comercialización de maquinaria pesada y de equipo caminero nuevo o usado, cuya venta responda o no a una actividad habitual.
  2. Personas naturales y sociedades que realicen actividades de venta mayoreo y menudeo de gas licuado de petróleo (gas LP).

 

Lista de contribuyentes obligados a expedir comprobantes en 2021

 

Durante el 2021 los contribuyentes obligados a emitir facturación electrónica fueron:

  • Resolución

Núm. NAC-DGERCGC18-00000191, reformada por la resolución Núm. NAC-DGERCGC18-00000431

  • Fecha

1 de junio del 2021

  • Grupos
  1. Personas naturales y sociedades, no contempladas en los grupos del 2021 y en transacciones con el Estado por montos iguales o superiores a los USD 1,000.00, emitirán por cada transacción un comprobante electrónico.

 

Lista de contribuyentes obligados a expedir comprobantes en 2022

 

  • Resolución

Núm. NAC-DGERCGC18-00000191, reformada por la resolución Núm. NAC-DGERCGC18-00000431

  • Fecha 

1 de enero del 2022

  • Grupos
  1. Personas naturales y sociedades, excepto las adscritas al Régimen Simplificado establecido en el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y de los sujetos domiciliados en la provincia de Galápagos que no mantengan establecimiento en el Ecuador continental, cuyos ingresos anuales oscilen entre USD 200,000.01 y USD 300,000.00 (trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América) en el ejercicio fiscal anterior.

Asimismo, el año pasado se efectuó la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia por COVID-19, estableciéndose que los contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicos de facturación, serían:

  • Resolución

Núm. NAC-DGERCGC22-00000024

  • Fecha

30 de noviembre del 2022

  • Grupos
  1. Los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta obligados a facturar.
  2. Las personas naturales y sociedades que no sean considerados sujetos pasivos del Impuesto a la Renta, pero que: a) Se encuentren obligados a facturar y que b) No se encuentren obligados a emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios en la modalidad electrónica en los grupos de obligatoriedad anteriores.
  3. Los sujetos pasivos calificados como nuevos agentes de retención, incluidos los nuevos contribuyentes especiales, deberán emitir sus comprobantes de retención electrónicos en versión ATS.

 

Lista de contribuyentes obligados a expedir facturas en 2023

 

  • Resolución

Núm. NAC-DGERCGC22-00000024

  • Fecha 

1 de enero del 2023

  • Grupos
  1. Las personas naturales y las sociedades, a excepción de las sociedades acogidas al Régimen Simplificado establecido en el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y de los sujetos domiciliados en la provincia de Galápagos que no mantengan establecimiento en el Ecuador continental, que tengan ingresos anuales entre USD. 100,000.01 (cien mil dólares y un centavo de los Estados Unidos de América) y USD. 200,000.00 (doscientos mil dólares de los Estados Unidos de América).

 

Lista de contribuyentes obligados a expedir facturas electrónicas en 2024

 

  • Resolución

Núm. NAC-DGERCGC18-00000191 reformada por la resolución Núm. NAC-DGERCGC18-00000431

  • Fecha 

1 de enero del 2024

  • Grupos
  1. Las personas naturales y sociedades con ingresos anuales del ejercicio fiscal anterior iguales o superiores al monto contemplado para pequeñas empresas en el Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo de la Inversión, así como las sociedades nuevas con fines de lucro, constituidas con posterioridad a la vigencia de la Resolución; y las microempresas que no cumplan con las demás condiciones previstas en el artículo 2 de la Resolución, cuyo domicilio fiscal se encuentre en la Provincia de Galápagos y que no mantengan establecimientos en el Ecuador continental.

 

Si quieres saber más sobre cómo verificar la validez de tus comprobantes físicos ante el SRI, accede a este artículo en el que te compartimos los pasos que debes seguir para lograrlo.

¿Qué requisitos debo cumplir para la emisión de facturas electrónicas?

 

Recuerda que para efectuar correctamente tu declaración de impuestos a la renta debes considerar lo siguiente:

Trámites administrativos previos

 

Como emisor debes:

  • Tener un certificado electrónico y solicitar su adhesión al sistema de emisores para inscribirte en los ambientes de test y producción.
  • Tener contratada una solución para generar los comprobantes electrónicos, conforme a los requisitos técnicos del SRI.
  • Estar registrado a SRI en Línea (Formulario 361).
  • Poseer Convenio de débito registrado.

 

Formato de los comprobantes electrónicos

 

Los comprobantes electrónicos deben emitirse en formato XML.

Firma electrónica

 

Firma obligatoria en formato XMLDsig.

Control fiscal

 

El comprobante es declarado ante el SRI, quien devuelve un número de autorización integrado en el documento antes de enviarse al cliente.

Almacenamiento

 

Obligatorio tanto para el emisor como para el receptor durante 7 años.

Resumen de compras/ventas

 

Es obligatoria la declaración electrónica de la “Liquidación de compras de bienes y prestación de servicios”.

Contingencia

 

A partir del 2017, solamente está vigente el modelo offline de contingencia contemplado en la Resolución 0079; con dicho modelo se eliminan las claves de contingencia, ya que permite una emisión simultánea de los documentos electrónicos hacia el SRI y hacia el receptor. El objetivo es que la autorización se produzca de forma inmediata.

¿Aún tienes dudas sobre el proceso de facturación electrónica? ¡En este artículo te las respondemos todas!

[CTA][ECU][CLUSTER][7][GUÍA PRACTICA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA]

Actualmente, el Régimen de Facturación Electrónica se encuentra en las fases finales de su programa de implantación. Iniciado en 2014 por el Servicio de Rentas Internas, y previsto a finalizar en 2024 con la incorporación del 100% de todos los contribuyentes.

Te recordamos que Siigo|contifico te proporciona un software de administración y contabilidad en la Nube que te permite generar, enviar y almacenar tus comprobantes electrónicos de acuerdo a los requerimientos establecidos por el SRI. Este proceso es automatizado, por lo que tu empresa reduce el tiempo dedicado a estas tareas administrativas.

Su implementación es rápida y sencilla; así, cualquier contribuyente ecuatoriano que lo desee puede adoptar este innovador sistema electrónico para que su negocio no pare de crecer y esté alineado con la normativa vigente. Además, te olvidas del papel y contribuyes al fortalecimiento de la economía popular y solidaria.

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